R/ Para radicar su solicitud debe dirigirse al módulo de radicación de vivienda el cual se encuentra en la página www.icfe.gov.co, donde debe anexar los siguientes documentos de conformidad con el acuerdo 002 de 2021, articulo 14, así:

a. Formato de solicitud de asignación de viviendas debidamente diligenciado

b. Copia de la cédula de ciudadanía del solicitante

c. Copia del documento de identificación del cónyuge y/o compañera(o) permanente.

d. Copia del registro civil de matrimonio, escritura pública o sentencia judicial que acredite estado civil de casados o la unión marital de hecho debidamente constituida.

e. Certificado de la superintendencia de Notariado y Registro y/o certificado catastral del ente territorial correspondiente, que acredite que el solicitante no posee vivienda propia en la circunscripción donde se ubica la seccional, con una vigencia no superior a treinta (30) días.

f. Copia del ultimo desprendible de pago de nómina del solicitante

Para los casos que el hogar se integre por hijos:

a. Copia del registro civil de nacimiento de los hijos menores de 7 años

b. Copia de la tarjeta de identidad de los hijos mayores de 7 y menores de 17 años.

c. Copia del certificado de estudios o de dependencia económica de los hijos mayores de edad y hasta los 25 años

Para los casos en que el solicitante sea viudo, divorciado, padre o madre cabeza de familia, copia del documento legal expedido por la autoridad competente que acredite dicha condición, en especial la que date de la tenencia de los hijos.

PARAGRAFO. La información y validez de la documentación allegada se entenderá aportada bajo la gravedad del juramento, por tanto, en el evento de evidenciarse indicio de falta de veracidad en lo aportado será motivo de rechazo, además de las implicaciones legales que corresponda

Una vez realizados estos pasos, la oficina de atención al usuario radica su solicitud en el Sistema de Administración de Bienes Inmuebles (SAIMF) y le envía correo informando su radicado y su turno.

R/ Con el número de cedula del usuario, se verifica en el SAIMF y se le brinda la información al usuario por el canal que esté realizando la comunicación.

R/ Una vez liquidado el fondo de garantía y el usuario presente los valores pendientes por cancelar (canon de arrendamiento, fondo de áreas comunes, fondo común de mantenimiento, fondo de garantía) estos serán descontados por nomina, así mismo la entrega del inmueble se liquidará sobre mes vencido.

R/. Actualmente el Instituto tiene habilitados los siguientes canales de atención al usuario:

  • Líneas celular y WhatsApp: 3173696465
  • Correo electrónico: atencionusuario@icfe.gov.co (radicación de documentos diferentes a solicitud de vivienda)
  • Módulo de PQRs https://sgdea.icfe.gov.co/ControlDocPQR/CiudadanoPQR/Paginas/Login.aspx
  • Módulo de radicación de solicitud de vivienda icfe.gov.co

R/   El fondo de garantía será reintegrado 90 días hábiles siguientes al último cobro generado por concepto del inmueble.

R/ Toda vivienda recibirá mantenimiento una vez sea liquidado el contrato de arrendamiento. Dicho mantenimiento se realizará con lo aportado por el usuario al fondo común de mantenimiento.

R/.  Con el número de cédula del usuario, se verifica en el SAIMF o en su defecto con la Oficina de Viviendas. Una vez realizada esta articulación se le brinda la información al usuario por el canal que esté realizando la comunicación.

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